Titulaciones
náuticas
La regulación por
parte del gobierno de embarcaciones de recreo se determina por
la Orden del Ministerio de Fomento de 17 de junio de 1997. Aquí
se dice que dichas titulaciones podrán ser obtenidas en las
escuelas de vela, homologadas a tal efecto por las Comunidades
Autónomas.
En la actualidad existen cuatro
tipos diferentes de titulaciones, en función de la longitud
de la eslora de la embarcación, de la potencia de su motor y
de la distancia que se pueda alejar de su puerto base. Patrón
para Navegación Básica, Patrón de Embarcaciones de Recreo,
Patrón de Yate y Capitán de Yate son títulos que se
obtienen aprobando un examen teórico, otro práctico y
acreditando la realización de unas prácticas de seguridad y
navegación específicas para cada título. Su validez es
efectiva en todo el estado español y se obtienen con una edad
mínima de 18 años.
Patrón de Navegación Básica
Para el gobierno de embarcaciones de recreo de hasta 6 metros
de eslora a motor u 8 a vela; para la navegación hasta 4
millas de la costa en cualquier dirección.
La titulación se obtiene después de aprobar un examen teórico,
otro práctico y haber acreditado la realización de las prácticas
básicas de seguridad y navegación, de al menos cuatro horas.
Patrón de Yate
Para el gobierno de embarcaciones de recreo, a motor o vela,
de hasta 20 metros de eslora y una potencia de motor adecuada
para la navegación que se efectúe en la zona comprendida
entre la costa y la línea paralela a la misma trazada a 60
millas.
Para obtenerlo es obligatorio estar en posesión del título
de Patrón de Embarcaciones de Recreo, aprobar un examen teórico,
otro práctico y acreditar la realización de las prácticas básicas
de seguridad y navegación, de al menos cuatro días y cinco
horas de duración cada día.
Patrón de Embarcaciones
de Recreo
Para el gobierno de embarcaciones de recreo, a motor o vela,
de hasta 12 metros de eslora y potencia de motor adecuada para
la navegación que se efectúe en la zona comprendida entre la
costa y la línea paralela a la misma trazada a 12 millas, así
como la navegación interinsular en los archipiélagos balear
y canario.
La titulación se obtiene tras aprobar un examen teórico,
otro práctico y haber acreditado la realización de las prácticas
básicas de seguridad y navegación, de al menos tres días y
cuatro horas de duración mínima cada día.
Capitán de Yate
Para el gobierno de embarcaciones de recreo, a motor o vela,
para la navegación sin límite alguno, cualquiera que sea la
potencia del motor y las características de la embarcación.
Para obtenerlo es obligatorio estar en posesión del título
de Patrón de Yate, aprobar un examen teórico que incluye
conocimientos del idioma inglés, otro práctico y acreditar
la realización de las prácticas básicas de seguridad y
navegación, de al menos cinco días y cuatro horas de duración
cada día.
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